Nueva línea de ayudas para el comercio y la hostelería de Calahorra
- El Ayuntamiento dispone de una partida presupuestaria de 100.000 euros para apoyar a los comerciantes y hosteleros locales en 2026
- El plazo de presentación de solicitudes comenzará la segunda quincena de junio y se tramitarán por orden de llegada
El concejal de Hacienda, Mario Nafría, ha dado a conocer la nueva línea de subvenciones de apoyo económico a los sectores comercial minorista y hostelero de la ciudad, incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Calahorra.
Estas ayudas pretenden “aliviar los gastos reales que soportan los pequeños negocios actualmente y ayudarles a mantener las persianas abiertas, ya que generan empleo, garantizan el abastecimiento, inyectan vida e impulsan el crecimiento económico de la ciudad. Hacen que una ciudad esté más viva”, según Nafría.
La cuantía de esta nueva subvención es del 30% del importe de los gastos corrientes justificados con topes máximos. Hasta 450 euros para los establecimientos del sector de la alimentación y hasta 200 euros para los comercios minoristas general y hostelería. En ningún caso, la ayuda podrá superar el gasto justificado.
La partida presupuestaria asignada a esta línea de ayudas en 2026 asciende a 100.000 euros.
“Apoyar a nuestras tiendas y bares es defender el empleo, la economía local y Calahorra. Estas ayudas son un apoyo real a los comerciantes y hosteleros de la ciudad. Son una inyección directa de 100.000 euros para pagar las facturas corrientes del día a día”, ha valorado el concejal de Hacienda.
Requisitos y beneficiarios
Podrán beneficiarse de esta subvención autónomos y microempresas que tengan el domicilio de la actividad en Calahorra, estén dados de alta en la actividad económica con una antigüedad mínima de 12 meses y estén desarrollando la actividad en el momento de la concesión de la ayuda.
Otros de los requisitos que se exigen son estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda y el Ayuntamiento de Calahorra y con la Seguridad Social y no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Además, el negocio tendrá que permanecer abierto al menos durante los 3 meses siguientes al de la concesión de la ayuda.
Las actividades económicas subvencionables deben estar encuadradas en los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
-Hostelería: sección I-división 56 para servicios de comidas y bebidas.
-Comercio: sección G-División 47 para comercio al por menor.
Gastos subvencionables
Dentro de esta línea se podrán subvencionar los gastos realizados y pagados entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de abril de 2026 de suministros eléctricos y energéticos, gas, teléfono, internet, alquiler de los locales, cuotas de autónomos vinculadas a la actividad, servicios profesionales de gestoría y asesoría y seguros obligatorios.
Quedan excluidos los gastos relativos al IVA y los no vinculados directamente a la actividad.
“Hemos simplificado la burocracia al máximo, mediante una cuenta justificativa simplificada. Solo hay que presentar la lista de gastos, las facturas y los extractos bancarios que demuestren el pago. Validada la documentación se hará un único abono directo en la cuenta del beneficiario”, ha detallado Mario Mafría.
Concurrencia no competitiva
La concesión de estas ayudas se realizará en régimen de concurrencia no competitiva. Es decir, las solicitudes de subvención se tramitarán por estricto orden de llegada de solicitudes completas y correctamente formalizadas, siempre que cumplan los requisitos y hasta el agotamiento del crédito disponible.
En este sentido, el concejal de Hacienda ha insistido en que “preparen bien la documentación exigida antes de enviarla o presentarla, ya que las solicitudes se tramitarán por orden de llegada y si la solicitud está incompleta habrá que subsanarla y la fecha que aparecerá será la de presentación de la subsanación”.
El plazo para presentar las solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (B.O.R). Se estima que el período se abrirá la segunda quincena de este mes de junio.
La presentación de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica (www.sede.calahorra.es/) o de manera presencial en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC).
El pago de la subvención se realizará en un único abono, una vez comprobada la documentación justificada.



