El Ayuntamiento de Calahorra facilita la obtención del certificado de empadronamiento a quienes vayan a solicitar una moratoria de deudas hipotecarias
El Ayuntamiento de Calahorra, de manera excepcional por el estado de alarma decretado para luchar contra el COVID-19, y exclusivamente para aquellas personas que quieran solicitar una moratoria sobre las deudas hipotecarias inmobiliarias, permitirá la obtención del certificado de empadronamiento de manera telemática mediante el envío por correo electrónico de un modelo que ya se encuentra colgado en el portal de transparencia de la web municipal. (www.calahorra.es)
Una vez descargado y rellenado este modelo, con la firma y el DNI de todas las personas residentes que cuenten con 16 años o más, deberá ser remitido a la dirección de correo electrónico oac@ayto-calahorra.es
El certificado de empadronamiento será recibido en el mismo correo electrónico utilizado para pedir la solicitud.
Requisitos generales para obtener dichas moratorias
Se aplica a los conratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria de la vivienda habitual cuyo deudor se encuentre en determinados supuestos de vulnerabilidad.
- 1. Que el deudor hipotecario pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesionar, sufra una pérdida sustancia de sus ingresos o ventas (al menos del 40 %).
- Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, en el mes anterior a la solicitud tres veces el IPREM (1.653,52 euros). Este límite se incrementa en función de las personas menores y mayores a cargo y en situaciones de discapacidad.
- Que la deuda hipotecaria, más los gastos y suministros básicos resulte superior al 35 % de los ingresos netos de la unidad familiar.
- Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancais económicas en términos de acceso a la vivienda. Se entiende esto cuando la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por, al menos, 1,3.
Estas medidas son de aplicación para fiadores y avalistas del deudor principal con las mismas condiciones que para el deudor hipotecario.
El plazo de presentación de las solicitudes de moratoria terminará quince días después de la finalización del estado de alarma.